Señal de prohibido estacionar en Chile
Normativa

Estacionamiento en Chile 2026: Dónde Está Prohibido, Reglas y Multas

Los 3 artículos de la Ley 18.290 que debes conocer sobre estacionamiento: dónde sí puedes, dónde no, la línea amarilla y todas las multas con distancias exactas.

Equipo Examen Express 8 min de lectura

Estacionar mal en Chile no es solo un tema estético: es una infracción tipificada en la Ley de Tránsito N°18.290 con multas que van desde las 0,5 UTM hasta 1,5 UTM según el lugar. Además, el tema aparece con frecuencia en el examen teórico porque hay distancias específicas (5 m, 10 m, 15 m, 20 m) que CONASET pregunta exactamente.

En esta guía repasamos los tres artículos clave de la ley que regulan el estacionamiento —155, 159 y 160—, las distancias exactas y las sanciones actualizadas a 2026.

Todo lo relativo al estacionamiento está regulado por tres artículos específicos de la Ley N°18.290 (Ley de Tránsito):

  • Artículo 155: cómo debe estacionarse correctamente un vehículo.
  • Artículo 159: lista de lugares generales donde está prohibido detenerse o estacionar.
  • Artículo 160: distancias específicas donde está prohibido estacionar (grifos, esquinas, paraderos, etc.).

Conocer esta clasificación es fundamental para el examen y para evitar partes en la vida diaria.

Cómo se estaciona correctamente (artículo 155)

El artículo 155 establece que todo vehículo debe estacionarse:

  • Paralelo a la cuneta del lado derecho de la calzada.
  • Con las ruedas a menos de 30 centímetros del borde de la cuneta.
  • Con el motor apagado, freno de mano aplicado y, si es en una pendiente, con las ruedas delanteras viradas hacia la cuneta.

En calles de sentido único, la municipalidad puede autorizar estacionamiento al lado izquierdo mediante señalización. Sin esa señal, estacionar al costado izquierdo es infracción.

⚠️ Dato que aparece en el examen: La distancia máxima de las ruedas a la cuneta es 30 cm. Si te preguntan por “a qué distancia debe estar el vehículo estacionado respecto a la cuneta”, la respuesta correcta es menos de 30 centímetros.

Lugares donde está prohibido estacionar (artículo 159)

El artículo 159 establece 8 lugares generales donde no se puede detener ni estacionar:

  1. Cualquier lugar donde las señales oficiales lo prohíban.
  2. En aceras, pasos de peatones o lugares destinados exclusivamente al tránsito peatonal.
  3. En doble fila, respecto a otro vehículo ya detenido o estacionado junto a la cuneta.
  4. A los lados, sobre o entre refugios peatonales, platabandas o bandejones.
  5. Al costado o al lado opuesto de cualquier obstrucción de tránsito, excavación o trabajos en la calzada.
  6. En puentes, túneles, estructuras elevadas y pasos bajo nivel; en cuestas o curvas.
  7. Dentro de un cruce.
  8. En las calzadas o bermas de caminos públicos de dos o más pistas por sentido.

Distancias específicas donde está prohibido estacionar (artículo 160)

El artículo 160 es el que más se pregunta en el examen, porque incluye distancias exactas:

LugarDistancia mínimaTipo de falta
Grifos (hidrantes) para incendio5 metrosMenos grave
Entrada de cuartel de bomberos, hospitales o primeros auxilios10 metrosMenos grave
Cruce ferroviario a nivel20 metrosGrave
Esquinas10 metrosGrave
Paraderos de locomoción colectiva (señal vertical)20 metrosGrave
Puertas de iglesias, colegios, hoteles, teatros (en horas de afluencia)3 metrosMenos grave
Frente a garajes de casas o estacionamientos comercialesGrave
Señales PARE, CEDA EL PASO o advertencia de peligro10 metrosGrave
Entrada principal de recintos militares, policiales o Gendarmería15 metrosGrave

Fuente: Ley N°18.290 artículo 160 (texto refundido DFL N°1/2009).

Las distancias se miden desde el costado de la acera correspondiente, lo que quiere decir que cuentan desde el límite del lugar protegido hacia donde quieres estacionar.

⚠️ Trampa clásica del examen: La pregunta sobre la distancia mínima para estacionar cerca de un grifo tiene como respuesta correcta 5 metros, no 10. Cuidado: no confundir grifo con cuartel de bomberos (10 m) ni con paradero (20 m).

La línea amarilla en la cuneta

La línea amarilla continua pintada al borde de la cuneta significa que está prohibido detenerse y estacionar en ese tramo. Es una demarcación equivalente a una señal vertical de “No estacionar” y tiene la misma validez legal.

Además de la línea amarilla, es común encontrar también:

  • Línea blanca continua al borde: permite detenerse por corto tiempo para subir/bajar pasajeros, pero no estacionar.
  • Discos rojos o barras rojas pintadas en el cordón: estacionamiento pagado en centros urbanos (según ordenanza municipal).

Sanciones por mal estacionarse

Las sanciones por estacionar en lugares prohibidos se clasifican en dos tipos de faltas según la Ley de Tránsito:

Falta grave

Multa de 1 a 1,5 UTM (~$69.500 a ~$104.250 con UTM abril 2026):

  • Estacionar en lugares donde las señales oficiales lo prohíban.
  • Estacionar en puentes, túneles o pasos bajo nivel.
  • Estacionar dentro de un cruce.
  • Estacionar a menos de 10 metros de una esquina.
  • Estacionar a menos de 20 metros de un cruce ferroviario o paradero.
  • Estacionar a menos de 10 metros de señal PARE, CEDA EL PASO o advertencia.
  • Estacionar en espacio exclusivo para personas con discapacidad sin derecho.

Falta menos grave

Multa de 0,5 a 1 UTM (~$34.750 a ~$69.500):

  • Estacionar sobre la vereda o acera.
  • Estacionar al costado izquierdo de la calzada.
  • Estacionar sobre un paso peatonal.
  • Estacionar frente a un grifo (a menos de 5 metros).
  • Estacionar a menos de 3 metros de iglesias, colegios o teatros en horas de afluencia.

Parte empadronado

Si el conductor no está presente al momento de la fiscalización, Carabineros o el inspector municipal cursan un parte empadronado. Este queda registrado bajo la patente del vehículo y se notifica al propietario por correo certificado dentro de 5 días por parte del Juzgado de Policía Local.

Además de la multa, puede haber retiro del vehículo por grúa municipal, con costos adicionales por traslado y custodia en el corral.

💡 Descuento del 25%: Si pagas la multa dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación, tienes derecho a un 25% de descuento. Es un beneficio directo de la ley para quienes no cuestionan el parte.

Casos prácticos que confunden al conductor

¿Puedo detenerme frente a un grifo para subir a alguien?

No. La ley no distingue entre “detención” y “estacionamiento” en este caso. Frente a un grifo está prohibido incluso la detención momentánea.

¿Puedo dejar el auto 2 minutos en doble fila?

No. La doble fila está expresamente prohibida por el artículo 159, aunque sea por pocos minutos. Es una falta menos grave con multa de 0,5 a 1 UTM.

¿Puedo estacionar frente al garaje de mi vecino?

No, aunque sea tu vecino o un amigo. La ley prohíbe estacionar frente a entradas de garajes de casas particulares y de estacionamientos comerciales. El único que puede usar ese espacio es el propietario del garaje.

¿Puedo estacionar sobre la vereda con dos ruedas?

No. Estacionar “sobre la acera” incluye cualquier invasión parcial. Aunque solo subas dos ruedas, sigue siendo infracción.

Preguntas del examen teórico sobre estacionamiento

¿A qué distancia mínima de un grifo para incendio está prohibido estacionar? → A menos de 5 metros.

¿A qué distancia mínima de una esquina está prohibido estacionar? → A menos de 10 metros.

¿A qué distancia mínima de un paradero de locomoción colectiva está prohibido estacionar? → A menos de 20 metros desde la señal vertical del paradero.

¿Qué significa una línea amarilla continua pintada al borde de la cuneta? → Que está prohibido detenerse y estacionar en ese tramo.

¿A qué distancia máxima de la cuneta deben quedar las ruedas de un vehículo correctamente estacionado? → A menos de 30 centímetros.

¿Es legal estacionar en doble fila durante unos minutos? → No. La doble fila está prohibida en cualquier circunstancia por el artículo 159 de la Ley de Tránsito.

¿A qué distancia mínima de una señal PARE o CEDA EL PASO está prohibido estacionar? → A menos de 10 metros.

Lo que debes memorizar para el examen

  • 30 cm = distancia máxima entre rueda y cuneta al estacionar.
  • 5 metros = distancia mínima al estacionar cerca de un grifo.
  • 10 metros = distancia a esquinas, bomberos, hospitales, señales PARE/CEDA.
  • 15 metros = distancia a entradas de recintos militares/policiales.
  • 20 metros = distancia a paraderos y cruces ferroviarios.
  • 3 metros = distancia a iglesias, colegios, hoteles (en horas de afluencia).
  • Línea amarilla en la cuneta = prohibido detener y estacionar.
  • Falta grave = 1 a 1,5 UTM; falta menos grave = 0,5 a 1 UTM.
  • 25% de descuento por pago dentro de 5 días hábiles.

💡 Las preguntas sobre distancias son directas y no requieren razonamiento: solo memoria. El truco es asociar el lugar con el número. Una regla mnemotécnica útil: 3–5–10–15–20, correspondiendo a iglesias → grifos → esquinas/bomberos/señales → recintos militares → paraderos/cruces ferroviarios.

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